Ganancia contable. (Accounting profit) La ganancia o pérdida del ejercicio antes de deducir el gasto por el impuesto. Las operaciones realizadas en el periodo por la entidad generan ingresos y egresos (gastos) que se reconocen de acuerdo con lo establecido en las NIIF (Plenas y para Pymes) las cuales se presentan en el estado de resultado de donde obtenemos el resultado del periodo (utilidad o perdida contable). Ganancia (pérdida) fiscal. (Taxable profit or Tax loss). El resultado contable (utilidad o pérdida) de un período ajustado a las normas tributarias de cada jurisdicción. Cada país regula sus propias normas tributarias (fiscales) las cuales definen los requerimientos para que los ingresos sean considerados gravables (imponibles) y los gastos (incluyendo los costos) puedan ser deducibles y así obtener la ganancia gravable o en su defecto la pérdida a fin de determinar la base a la cual se le aplicará la tarifa de impuestos. Gasto (ingreso) por impuestos. (Tax expense or Tax income) El monto total del impuesto corriente y diferido que se resta al resultado del ejercicio para obtener la ganancia o pérdida neta del período. El impuesto sobre la renta corriente se calcula sobre la base gravable determinada según las normas fiscales, sin embargo, al comparar la información contables con la información tributaria surgen diferencias permanentes y temporarias que generan gastos e ingresos por impuestos que se difieren. El impuesto a las ganancias es la suma tanto del impuesto corriente como del impuesto diferido (gasto e ingreso) Impuesto corriente. (Current tax) El monto del impuesto sobre la renta a pagar al estado determinado sobre la base imponible (gravable) del período actual. Las disposiciones fiscales determinan la metodología propia de depuración de los ingresos los cuales se afectan con los costos y gastos permitidos. Esta información está contenida en la declaración de rentas tributarias. Cada país determina situaciones en los cuales algunos ingresos gozan de beneficios, así como gastos que no son permitidos o demandan requisitos especiales para su deducción. Así mismo, se establecen límites para las deducciones, ingresos presuntos, deducciones extracontables y demás situaciones que hacen de la información fiscal diferente de la contable. Lo anterior incluye periodos distintos para el reconocimiento de los ingresos y la deducción de los gastos. Pasivos por impuestos diferidos. (Deferred tax liabilities) Valor del impuesto sobre la renta a pagar en periodos futuros calculado sobre las diferencias temporarias imponibles (gravables). La contrapartida de este pasivo creado es un GASTO por impuesto diferido. Por eso cuando se cancela el pasivo se revierte el efecto del impuesto de renta liquidado (gasto impuesto corriente) mediante un INGRESO por impuesto diferido revertido Activos por impuestos diferidos. (Deferred tax assets) Valor del impuesto sobre la renta recuperable en los períodos siguientes calculado sobre las diferencias temporarias deducibles, las pérdidas fiscales no utilizados y transferidos, y los créditos fiscales no utilizados y transferidos. La contrapartida al crear este activo es un INGRESO por impuesto diferido. Por eso cuando se cancela el activo se incrementa el impuesto de renta liquidado (gasto impuesto corriente) mediante un GASTO por impuesto diferido revertido debido a que el impuesto estaría subvalorado frente a la contabilidad. Diferencias temporarias. (Temporary differences) Diferencias establecidas entre el valor en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal. Las diferencias temporarias pueden ser una diferencia temporaria gravable o una diferencia temporaria deducible. La contabilización de las operaciones se realizan bajo los delineamientos de las NIIF (Plenas y para Pymes) de tal manera que los estados financieros reflejen razonablemente la información financiera de la entidad, sin embargo, para efectos tributarios pueden existir requerimientos o reglas específicas (en el momento del pago, plazos distintos, porcentajes fijos, etc) para el momento de reconocimiento de gastos e ingresos. Por lo anterior, algunos ingresos y gasto no son aceptados en el periodo corriente pero si en periodos futuros estas diferencias son llamadas temporarias. Estas diferencias temporarias traen como consecuencia que el impuesto se cancele anticipadamente o en el futuro. Las diferencias temporarias imponibles (gravables) dan lugar al pago futuro de impuestos cuando se liquide o cancele el valor en libros del activo o pasivo. Por lo tanto, un pasivo por impuesto diferido se planteará cuando el valor en libros del activo es mayor que su base fiscal, o el valor en libros del pasivo es menor que su base fiscal. En este caso el gasto por impuesto se determina anticipadamente, o sea, en el periodo contable en el cual nace la diferencia, esto debido a que las reglas tributarias obligan a su cancelación en el futuro. Cuando la obligación se cancele, es decir, cuando en el futuro un ingreso sea parte de la base gravable para liquidar el impuesto, se debe revertir el pasivo con el fin de disminuir el impuesto fiscal que estaría sobrevalorado. Las diferencias temporarias deducibles se producen cuando las cantidades que son deducibles de la ganancia o pérdida fiscal en períodos futuros como resultado de la recuperación o eliminación del valor en libros del activo o pasivo. Cuando el valor en libros del pasivo es mayor que su base fiscal o el valor en libros del activo es menor que su base tributaria, puede surgir un activo por impuesto diferido. Debido a la diferencia del momento en el cual se reconoce un gasto, puede ocasionar que sea necesario pagar un mayor impuesto en el presente periodo, sin embargo, esta situación en un periodo futuro se revierte.